Corte de Valdivia rechaza recurso de nulidad y confirma condena por incendio en Panguipulli

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a Rodrigo Isaac Valdés Caniulef a la pena de 8 de años presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de incendio. Ilícito perpetrado en marzo del año pasado, en la comuna de Panguipulli.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Marcia Undurraga Jensen, la fiscal judicial Paola Oltra Schüler y el abogado (i) Claudio Eugenio Aravena Bustos– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, que condenó, además, al recurrente a 300 días de reclusión, como autor del delito consumado de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar.

“En la presente causa, esta Corte concluye que se logró vencer el principio de inocencia, más allá de toda duda razonable, como lo establece los considerandos décimo a duodécimo del fallo impugnado”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “Finalmente, y como ya se ha referido, se advierte que la sentencia impugnada tiene un desarrollo fáctico y jurídico, completo y coherente, en el que se explican de forma clara y precisa, de manera lógica y comprensible, cómo se establecen los hechos probados, lo que aparece en coherencia con la prueba que se describe y se explica en el fallo, guardando perfecta concordancia con el análisis jurídico del mismo.

Para el tribunal de alzada: “De lo anterior, necesario es concluir, que no se advierten ni errores jurídicos en el razonamiento del tribunal, como tampoco sesgos o impertinencias que vulneren las reglas de la sana crítica, sin que el correcto ejercicio por parte del tribunal del deber de ponderar la prueba, con criterios de razonabilidad, sentido común y basada en fundamentos coherentes plausible y probables, se adviertan transgredidos, por el contrario, es parecer de esta Corte, que en la especie, se satisfacen sobradamente tales parámetros en el detallado y fundado análisis que ha sido vertido en la sentencia cuestionada y evidentemente en sus conclusiones”.

“Que, la apreciación del recurrente, en orden a que la prueba aportada no tiene objetivamente la entidad suficiente como para vencer la presunción de inocencia, no pasa de ser una apreciación subjetiva de la defensa y carente de sustento fáctico, por lo que no es dable hacer a los sentenciadores los reproches aludidos, de lo que se infiere, en definitiva, que lo que persigue el recurrente no es sino que se haga una nueva ponderación de la prueba que lleve a una conclusión distinta a la adoptada por el tribunal, lo que escapa a la circunstancia prevista por el legislador”, añade.

Asimismo, para la Segunda Sala, la sentencia recurrida “(…) contiene los suficientes argumentos de hecho y de derecho para arribar a la conclusión de condena del imputado Valdés Caniulef, por consiguiente, no concurriendo en la especie el vicio de nulidad alegado, el presente recurso deberá ser rechazado por la causal, principal y subsidiaria, invocadas”.

Por tanto, se resuelve que: “se RECHAZA el recurso de nulidad deducido en contra la sentencia definitiva de fecha cuatro de Diciembre de dos mil veintitrés, pronunciada por la Segunda Sala Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, en los autos RIT (…), la cual no es nula”.

El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que alrededor de las dos de la madrugada del 26 de marzo de 2023, la víctima se encontraba en su domicilio, ubicado en sector Huerquehue de la comuna de Panguipulli, momento en el que su conviviente, Rodrigo Isaac Valdés Caniulef, con quien tiene un hijo en común de 2 años de edad, llegó al lugar en estado de ebriedad, generándose una discusión entre ambos.

En dicho contexto, el condenado intentó agredir sin éxito a su pareja, arrojándole diversos objetos. Posteriormente, Valdés Caniulef amenazó de muerte a la víctima y tomó una motosierra, lo que provocó que la víctima saliera hacia el patio trasero del inmueble, “donde se escondió con el objeto de solicitar el auxilio de la madre del acusado, quien retiró al hijo en común desde el interior del inmueble. Posteriormente, el acusado con ánimo de incendiar comienza a rociar el inmueble con bencina que mantenía en una botella para proceder a prenderle fuego al lugar, el que resultó completamente destruido por la acción del fuego, instantes en que la víctima, aún escondida, procedió a solicitar el auxilio de Carabineros de Chile, quienes lograron la detención del acusado”.

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