Corte de Apelaciones de Valdivia ratifica condena a sujeto por grave agresión y hurto en Niebla

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a Raúl Eduardo Riquelme Vásquez a las penas de cumplimiento efectivo de 5 años y un día y 541 días de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio y el delito consumado de hurto. Ilícitos perpetrados en marzo de 2024, en la localidad costera de Niebla.

En fallo unánime (causa rol 867-2026), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Ignacio Correa Rosado, la fiscal judicial Claudia Burgos Sanhueza y la abogada (i) María Isabel Ruiz-Esquide Enríquez– descartó error en la valoración de la prueba y falta de fundamentación en la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

“A fin de determinar la concurrencia de la infracción denunciada –esto es verificar si al momento de sentenciar el juzgador ha procedido a exponer de forma ‘[…] clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se estimaron probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba’ se puede apreciar en los considerandos octavo, noveno, décimo y décimo tercero  ‘(…) los motivos por los cuales el sentenciador tuvo por acreditado –sin contradecir las reglas de la lógica, de la máximas de la experiencia ni los conocimientos científicamente afianzados–, que los hechos se produjeron en la fecha indicada en la acusación, que la dinámica de ellos consistió en que luego de una discusión, el acusado le propinó diversas puñaladas a la víctima sin provocación suficiente, en la zona de la espalda, a la altura del hombro izquierdo, en el pecho y en la zona abdominal. Luego se da cuenta de la naturaleza de las lesiones, las especies sustraídas y el avalúo de las mismas”, detalla el fallo.

“Puede apreciarse entonces y en primer término, que la sentencia no presupone la veracidad del relato de la víctima para luego utilizar las lesiones como corroboración de aquella, sino que confronta dicho relato con los elementos que introducen los testigos y respecto de los cuales estos sí mantienen un conocimiento directo, a lo que se añade que el propio acusado reconoció haberle propinado 4 puñaladas a la víctima”, releva.

Para el tribunal de alzada valdiviano: “En cuanto al ánimo homicida debe indicarse que el recurso atribuye a las declaraciones del médico tratante y del perito, un alcance estas que no parecen tener. Del hecho que la víctima no haya presentado un riesgo vital inminente al momento de ser examinada, no se sigue que deba excluirse la intención de matar, como se pretende por la recurrente. En el caso ella se infiere de la utilización de un cuchillo, de la reiteración de la agresión y de la zona en la cual las mismas fueron propiciadas”.

“Así, dado que las conclusiones del tribunal fueron debidamente expuestas en la sentencia –dando cuenta de los antecedentes probatorios en los cuales se funda y vinculando dicha prueba a aquellos hechos que tuvo por acreditados–, pareciera que los cuestionamientos formulados por la recurrente se dirigen, más bien, a controvertir el mérito asignado a aquellos ya proponer una valoración alternativa de la prueba, materia que excede el ámbito de la causal invocada. En consecuencia, al no resultar efectivos los defectos de motivación denunciados, la causal principal de nulidad deberá ser desestimada y el recurso no podrá prosperar por esta causal, debiendo ser rechazado por esta primera y principal argumentación”, concluye.

El fallo ratificado dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 01:30 horas de la madrugada del 17 de marzo de 2024, en una cabaña ubicada en Niebla, comuna de Valdivia, y de propiedad de la víctima, se encontraba Riquelme Vásquez compartiendo bebidas alcohólicas con su pareja, momento en que concurrió al inmueble el arrendador. En dicho contexto, se inició una discusión entre el condenado y su acompañante y, sin mediar provocación alguna, Riquelme Vásquez con la intención de matar se abalanzó sobre la víctima, agrediéndola con un cuchillo en la zona de la espalda, a la altura del hombro izquierdo, en el pecho y en la zona abdominal.

Tras el ataque, el condenado y su pareja sustrajeron diversas especies desde la cabaña de la víctima, para luego huir del lugar en dirección desconocida.

A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con lesiones de carácter grave, que pudieron causarle la muerte sin la intervención médica oportuna y eficaz.

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