Comenzó a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

La iniciativa tiene como objetivo mejorar el cumplimiento del pago de pensiones y promover la corresponsabilidad parental.

Este viernes comienza a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos fijados por un tribunal. El mecanismo se aplicará desde este sábado.

La medida tiene como objetivo promover y garantizar el pago a quienes deban tres meses consecutivos o cinco discontinuos.

¿Cómo funcionará?

El mecanismo fue creado por la Ley 21.389 y funcionará en el futuro junto a la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos.

Se trata de una nómina electrónica que estará a cargo del Registro Civil e Identificación, con los nombres de aquellos padres o madres que deban pensión de alimentos por tres meses consecutivos y 5 discontinuos, cuando una resolución judicial así lo ordene.

Mensualmente, el tribunal de familia ordenará el Registro Civil que inscriba a los deudores. La resolución se notificará a las partes interesadas de forma electrónica y podrá ser objetada en los tres días siguientes.

¿Cuáles serán los datos que estarán disponibles en el registro?

Nombre completo y número de cédula de identidad, o documento de identificación.

Número de personas alimentarias afectadas (hijos y/o hijas).

Monto actualizado de la deuda y cantidad de cuotas adeudadas.

Tribunal de Familia que fijó la pensión de alimentos.

Datos de la cuenta dispuesta para el pago.

¿Cuáles serán las sanciones para quienes se encuentren en el registro?

La ley crea mecanismo de retención de fondos y sanciones para aquellos padres o madres que estén en calidad de deudores:

En el caso de la venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir la transferencia, sólo en la medida que se acredite que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.

En la etapa de la devolución de impuestos producto de la Operación Renta, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero a las personas deudoras de pensión de alimentos.

Las personas deudoras de pensiones de alimentos no podrán renovar sus licencias de conducir ni tampoco sus pasaportes. En casos calificados, deberán acreditar al tribunal la necesidad indispensable de tales documentos (por ejemplo, porque los necesitan para la generación de ingresos, vigencia limitada, garantía de pago).

Cuando alguno de los 3 poderes del Estado realice contrataciones o ascensos, al deudor de pensión de alimentos se le retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda. Esto es aplicable también a los cargos de elección popular y a los cargos que se concursan por el sistema de Alta Dirección Pública.

Las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Patrimonio deberán declarar sus deudas alimenticias.

Para evaluar la idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, se verificará que dichas personas no se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Los detalles de la nueva normativa aquí

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