Dirección de Aguas del MOP multa a empresa agrícola por construir obra sin autorización en cauce del río Futa en Valdivia

Junto con pagar la multa sobre 15 millones de pesos, el infractor deberá presentar un proyecto de modificación de cauce que cumpla con la normativa de la DGA, o en su defecto destruir la obra habilitada.

La Dirección General de Aguas del MOP Los Ríos cursó una multa de 15 millones 549 mil pesos a la empresa Agrícola Fundo Ponce Limitada por modificar el cauce del río Futa sin autorización y, además le ordenó destruir la obra, o bien, presentar un proyecto para modificarla de acuerdo a la normativa de la DGA en un plazo de 4 meses.

La directora regional de Aguas del MOP Los Ríos, Francisca Vergara señaló que la fiscalización se realizó a partir de un requerimiento de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, constatándose en terreno la construcción de un terraplén que tenía por finalidad conectar con un futuro puente.

“En la inspección los fiscalizadores constataron la existencia de un terraplén en la ribera derecha del río Futa, para lo cual revisaron los antecedentes, verificándose que la obra no contaba con la autorización de la DGA, lo que constituye una infracción al Código de Aguas, notificando al infractor la aplicación de una multa de 230 UTM y la medida administrativa para regularizar su situación”, comentó Vergara.

La autoridad regional de Aguas agregó que, en el marco de proceso sancionatorio de fiscalización, la empresa presentó sus descargos justificando la obra con el propósito de evitar la inundación del terreno, que cada año ocurre por las crecidas de cauce y por lo mismo, la DGA solicitó pruebas adicionales a la empresa.

Sin embargo, Agrícola Fundo Ponce Limitada no presentó los antecedentes requeridos, por lo que en base a la información levantada y registros propios de la DGA, se determinó que el terraplén no cuenta con autorización y está construido dentro de los límites del cauce natural del río Futa; alterando el régimen de escurrimiento de las aguas, pudiendo potencialmente causar daño a los bienes del propio infractor y vidas de quienes por allí circulen, dada las características constructivas de la obra, puesto que no cumplen con el estándar normativo de la DGA, para proyectos de modificación de cauces naturales.

Adicionalmente, se identificó que la obra está ubicada en un humedal registrado en el Inventario de Humedales del Ministerio de Medio Ambiente, denominado Sistemas de Ríos Valdivianos Humedal Ríos Angachilla y Tornagaleones. Esto significa que el terraplén fue construido en un área de especial interés medioambiental.

Caber recordar, que el Código de Aguas establece en sus artículos 41 y 171 que “todo proyecto o construcción de modificaciones en cauces naturales o artificiales que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas”.

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