Feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio

El comercio deberá estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del día domingo 20 de septiembre de 2020.

Los empleadores que no cumplan con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable se exponen a multas de hasta 20 UTM.

Intendente de Los Ríos César Asenjo Jeréz, junto al seremi del Trabajo Hugo Ortiz De Filippi  y la Directora regional del Trabajo Loreto Yud, recorrieron parte del comercio de Valdivia,  para recordar que el próximo 18 y 19 de septiembre corresponden a uno de los cinco feriados irrenunciables y obligatorios que existen cada año.

Durante la actividad explicaron cuáles son las normas que hay que cumplir: el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre de 2020. Aclararon, además, que esos horarios podrían variar sólo en el caso de los trabajadores del comercio que trabajen por turnos rotativos.

A su turno, el intendente regional César Asenjo destacó que «Este es un derecho que tienen los trabajadores, por ello, hacemos un especial llamado a las empresas a respetar la normativa vigente, para no arriesgarse a sanciones establecidas. Confiamos en que los trabajadores podrán disfrutar junto a sus familias esta fecha tan significativa, bajo todos los resguardos y medidas sanitarias establecidas en el contexto de la pandemia que nos afecta», indicó la autoridad regional.

En tanto, el Seremi del Trabajo Hugo Ortiz De Filippi indicó que «Resulta fundamental el respeto de este feriado irrenunciable. Ha sido un año especialmente complejo, en especial, para los trabajadores, por lo que el respeto de sus derechos resulta esencial.

Se exceptúan del feriado obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en actividades como clubes, restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, entre otras.

Cabe destacar que el empleador que no cumpla con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable se expone a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM por cada trabajador afectado por la infracción. Es importante destacar que aquellos locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden funcionar.

La Dirección del Trabajo habilitará un banner en su sitio www.direcciondeltrabajo.cl a partir del día 17 de septiembre en la tarde, para que aquellos trabajadores del comercio a los que se les está obligando a trabajar, puedan realizar su denuncia.

¿Dónde denunciar?

El banner que dispondrá la Dirección del Trabajo en su sitio para denunciar o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables, estará activo entre las 18:00 horas del jueves 17 de septiembre y las 15:00 horas del sábado 19 de septiembre.

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